Ley 40 horas: la jornada ya es de 42 horas semanales

Trabajadores caminando en la ciudad, jornada laboral de 42 horas

Desde el 26 de abril de 2026 la jornada ordinaria máxima en Chile es de 42 horas semanales. Es el segundo paso de la Ley 21.561, conocida como Ley 40 horas, que reduce la jornada de forma gradual hasta llegar a 40 horas en 2028. Si tu empresa tiene trabajadores con contrato, este cambio afecta los contratos, los turnos y el cálculo de las horas extra.

El calendario de la reducción

FechaJornada máxima semanal
Antes de abril de 202445 horas
26 de abril de 202444 horas
26 de abril de 202642 horas
26 de abril de 202840 horas

Qué debe revisar tu empresa ahora

1. Contratos y anexos

Los contratos con jornadas de 44 horas deben ajustarse a 42. La forma más ordenada es firmar un anexo que indique la nueva jornada y la distribución de horarios. La ley es clara en un punto: la remuneración no puede disminuir por la reducción de jornada.

2. Distribución de turnos

Las 2 horas menos se pueden distribuir de distintas formas: salir antes un día, acortar la jornada diaria o reorganizar los turnos. Conviene definirlo por escrito y comunicarlo con anticipación para evitar reclamos ante la Inspección del Trabajo.

3. Valor de la hora extra

Con menos horas ordinarias, cada hora vale más, y por lo tanto también sube el valor de la hora extra. Para un sueldo mensual, el valor de la hora extra con jornada de 42 horas se calcula así:

Sueldo base ÷ 30 × 28 ÷ 168 × 1,5

Por ejemplo, con un sueldo base de $900.000, la hora extra pasa a valer cerca de $7.500. El factor resumido es 0,008333 sobre el sueldo base, mayor al que se usaba con 44 horas.

4. Jornadas flexibles

La ley permite acordar con los trabajadores modelos más flexibles, siempre por escrito:

  • Jornada en 4 días de trabajo y 3 de descanso, respetando los límites diarios.
  • Jornada semanal promedio en ciclos de hasta 4 semanas.
  • Compensación de horas extra con días adicionales de descanso.
  • Bandas horarias de entrada y salida para madres, padres o cuidadores de niños menores de 12 años.

5. Trabajadores excluidos de la jornada

Los trabajadores del artículo 22 del Código del Trabajo, como gerentes o quienes trabajan sin fiscalización superior inmediata, siguen excluidos del límite de jornada. Aun así, la empresa debe llevar un registro de asistencia y no puede usar esta figura para quien en la práctica tiene un horario controlado.

Errores frecuentes

  • Bajar el sueldo en proporción a las horas reducidas.
  • Seguir calculando las horas extra con el factor de 44 horas.
  • Cambiar los horarios sin anexo de contrato firmado.
  • Pactar jornadas flexibles solo de palabra.

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